Uso público
Cuando se habla de Uso Público se refiere al conjunto de equipamientos, actividades y servicios existentes en el Paraje a disposición de cualquier potencial usuario y que debe proveer la administración del espacio protegido, con la finalidad de acercar a los visitantes a sus valores naturales y culturales, de forma ordenada y segura, que garantice la conservación y difusión de tales valores.
La Ley 11/1994 de Espacios naturales protegidos de la CV establece la necesidad de regular el uso público y la gestión de los espacios protegidos valencianos bajo criterios de sostenibilidad, a través de los correspondientes instrumentos de planificación y gestión , en el caso del Paraje Natural Municipal La Pilarica-Sierra de Callosa, se dispone del Plan especial de Protección y el Plan de Uso Público.
La importancia del Ordenamiento del Uso Público, radica en la necesidad de establecer unas normas que garanticen que los valores ambientales, las instalaciones y los recursos del Paraje sean usados de forma que no se ponga en riesgo su conservación.
De acuerdo a esta planificación, el uso de cualquiera de los elementos propios del paraje está sujeto a la Normativa de Uso Público del Paraje que queda además recogida en una Ordenanza municipal con su correspondiente régimen sancionador. Con carácter general se prohíbe cualquier actividad ó práctica que conlleve un riesgo de degradación de los valores naturales del espacio.
De forma resumida, exponemos a continuación una serie de normas comunes que han de cumplir los usuarios y visitantes del Paraje:
1.- Normas generales (de obligado cumplimiento en todo el Paraje):
– Queda terminantemente prohibido hacer fuego fuera de los paelleros existentes, adecuados para tal fin, así como la tala ó recolección de leña. En la época estival, debido alto riesgo de incendio, se establecerá un periodo en el que no se podrá hacer uso tampoco de dichos paelleros según establece el Plan local de Prevención de Incendios Forestales.
– Se prohíbe el estacionamiento de vehículos fuera de las zonas habilitadas como Parking, dentro de los Parkings se prohíbe el estacionamiento fuera de los horarios de apertura de las áreas recreativas, los cuales se indican a su entrada.
– Se prohíbe la circulación motorizada fuera de las carreteras y pistas forestales habilitadas.
– Queda prohibida la acampada libre fuera de la zona de acampada homologada existente en el área recreativa de la Cueva Ahumada, las acampadas en zonas homologadas requerirán la pertinente autorización municipal.
– Se prohíbe la escalada en las vías de la Pared del Rabosero, durante el periodo que comprende los meses de enero a julio, ambos inclusive, coincidiendo con la época de cría de aves rapaces del Paraje, según dicta Resolución de 3 marzo 2009 del Servicio Territorial de Medio Ambiente.
– Se prohíbe la explotación, la extracción ó recolección de especies de flora del listado de especies de los anexos I, II y III de la Orden de 20 de diciembre de 1985, de la Conselleria de Agricultura y Pesca, en todo el ámbito del paraje, recuerde que algunas de las especies existentes puede estar en peligro de extinción.
– Se prohíbe la instalación ó colocación de artilugios ó accesorios relacionados con el ocio recreativo sin permiso expreso de la Concejalía, cómo sombrajes atados a los árboles, vallados portátiles, etc…
-Las actividades de ocio recreativo que se vayan a desarrollar por grupos organizados (asociaciones, convivencias, concentraciones,…) que superen los 30 visitantes requerirán de la solicitud y autorización previa de la Concejalía de medio ambiente.
Planificación
La Ley 11/1994 de Espacios naturales protegidos de la CV establece la necesidad de regular la gestión de los espacios protegidos valencianos bajo criterios de sostenibilidad, a través de los correspondientes instrumentos de planificación y gestión (planes rectores de uso y gestión –PRUG-, planes especiales –PE- y normas de protección–NP).
Para el caso de los Parajes Naturales Municipales, la herramienta de planificación es el Plan Especial de Protección documento en el que se exponen de forma pormenorizada todos los elementos a gestionar en cada uno de estos espacios, (Instalaciones, Valores históricos, culturales, vegetación, fauna), se establecen unas normas de uso público que garanticen su conservación, Plan de Uso Público y en el que se planifican las actuaciones que se plantean para mejorar la gestión y hacer partícipe de esta a los entes sociales implicados.
En esta planificación juega un papel muy importante la participación ciudadana, a tal efecto se creó el Consejo de Participación del Paraje , que es un foro, compuesto por el equipo de gestión municipal y agentes externos a éste, en el que se va haciendo una revisión continua de la gestión realizada y donde se hacen las rectificaciones adecuadas.